Como hemos venido haciendo durante la vigencia del actual Estado de Alarma, desde ADAPTAT tenemos el firme propósito de mantener informados a nuestros clientes de todas las novedades informativas proporcionadas por las Administraciones Públicas mediante un análisis pormenorizado de estas comunicaciones, un resumen de las mismas y una atención personalizada adaptada a cada uno de nuestros clientes.

 

Ayer, el Consejo de Ministros aprobó dar «vía libre» a la reanudación de los procedimientos de contratación que habían sido suspendidos por la situación actual promocionados por las entidades pertenecientes al Sector Público. Asimismo, se ponen en marcha nuevos procedimientos, con el condicionante de que tanto estos como los que se reanudan sean tramitados por medio de herramientas electrónicas.

 

Estas novedades vienen reguladas a través de una disposición adicional incorporada al Real Decreto-ley 17/2020, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural para hacer frente a la situación derivada del COVID-19, que reza así:

“A los efectos previstos en el apartado 4 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, desde la entrada en vigor del presente real decreto-ley se acuerda el levantamiento de la suspensión de los términos e interrupción de los plazos de los procedimientos de contratación promovidos por entidades pertenecientes al Sector Público, en el sentido definido en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, siempre y cuando su tramitación se realice por medios electrónicos.

Lo dispuesto en el párrafo anterior permitirá igualmente el inicio de nuevos procedimientos de contratación cuya tramitación se lleve a cabo también por medios electrónicos.”

 

En estos términos, como hemos comentado, la disposición adicional garantiza la continuidad de los procedimientos suspendidos a raíz de la publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma; así como aquellos procedimientos venideros siempre y cuando se tramiten de la forma indicada, por medios electrónicos.

 

Desde ADAPTAT continuaremos analizando la situación de la contratación pública a raíz de la crisis sanitaria del COVID-19 y mantendremos informados de manera constante a todos nuestros clientes, a fin de preservar sus intereses y continuar ofreciéndoles el servicio de asistencia y formación que nos caracteriza.

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